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El respeto de los derechos del niño y el riesgo del trabajo infantil en las operaciones y cadenas de suministro mundiales de las empresas de confección canadienses

El contenido de este documento no constituye asesoramiento legal y se proporciona solo para fines de información general.

Índice

Reenviar: Mensaje de la Defensoria del Pueblo

Este estudio llega en un momento crítico y único para fortalecer el respeto de las empresas por los derechos del niño y abordar el riesgo de trabajo infantil en el sector de la confección.

Según la Organización Internacional del Trabajo y UNICEF, se estima que 160 millones de niños están involucrados en el trabajo infantil en todo el mundo en el 2020. Se estima que otros 8.9 millones de niños estarán trabajando a finales del 2022, debido al aumento de la pobreza como resultado de la pandemia de COVID-19. El riesgo de trabajo infantil es particularmente alto en el sector de la confección y los desafíos de abordarlo son únicos dadas las complejidades de las cadenas mundiales de suministro de prendas de vestir.

Dado mi mandato de asesorar a las empresas canadienses sobre cómo operar de manera responsable fuera de Canadá, este estudio tiene la intención de contribuir al trabajo de los legisladores, las asociaciones de la industria, las organizaciones de la sociedad civil y las empresas de confección canadienses que se centran en fortalecer el respeto de los derechos del niño y abordar el riesgo del trabajo infantil en este importante sector.

Este estudio comparte las observaciones y perspectivas de 10 empresas canadienses de confección y cinco organizaciones de la sociedad civil (SOC). Aplaudo la voluntad de estas empresas y SOC de participar en este estudio y compartir de forma confidencial sus experiencias sobre la compleja cuestión del trabajo infantil. Además, me alienta el hecho de que la mitad de las empresas de confección canadienses participantes sean pequeñas y medianas empresas (PYMES). El gobierno de Canadá ha señalado recientemente la importancia de las PYMES para la economía canadiense en su​  Conducta empresarial responsable en el extranjero: estrategia de Canadá para el futuro, la «Estrategia CER»​(sólo en inglés)​. Las perspectivas y experiencias de las PYMES que participan en este estudio son críticas, dado que estas empresas a menudo se enfrentan a desafíos únicos con respecto a la conducta empresarial responsable.

De las 10 empresas que participaron confidencialmente en este estudio, siete estaban dispuestas a compartir su información de contacto con mi oficina para discutir el trabajo adicional para fortalecer el respeto de los derechos del niño. Esto es significativo y refleja una clara disposición por parte de estas siete empresas a seguir trabajando.

Los resultados de este estudio proporcionan un punto de partida útil para un mayor diálogo e investigación. De hecho, espero que este estudio aliente a las empresas de confección canadienses a discutir abiertamente los desafíos y oportunidades que enfrentan. Espero con interés continuar la conversación mientras trabajamos juntos para fortalecer el respeto de los derechos del niño y abordar el riesgo del trabajo infantil en las operaciones mundiales y las cadenas de suministro del sector de la confección de Canadá.

Sheri Meyerhoffer

Agradecimientos

La Defensora del Pueblo de Canadá para la Conducta Empresarial Responsable (CORE, por sus siglas en inglés) desea agradecer la colaboración, las ideas y el conocimiento especializado de las siguientes personas, sin las cuales el presente informe no sería posible:

La recopilación de datos fue proporcionada por Nanos Research (sólo en inglés). El ​Instituto Danés de Derechos Humanos​ (sólo en inglés y ​El Centro para los Derechos del Niño y la Empresa​​ (sólo en inglés) realizaron análisis y exámenes técnicos. La CORE desea agradecer a cada organización sus contribuciones de expertos al estudio.

Acerca de CORE

La Defensoría del Pueblo de Canadá para la Conducta Empresarial Responsable («la CORE», por sus siglas en inglés) es una institución defensora en materia de empresas y derechos humanos. El gobierno de Canadá nombró a Sheri Meyerhoffer como Defensora del Pueblo en abril del 2019, después de casi dos décadas de diálogo entre el sector extractivo, la sociedad civil y el gobierno federal. La CORE se estableció para ayudar a los grupos afectados negativamente por el recurso de acceso a las operaciones comerciales, como se describe en el Pilar 3 de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (los «PRNU»). La oficina abrió sus puertas el 1.º de mayo del 2019.

La CORE es un mecanismo de solución de controversias no judicial con base en el Estado. La CORE puede examinar una queja presentada por o en nombre de una persona, organización o comunidad en relación con un presunto abuso de los derechos humanos resultante de las operaciones de las empresas canadienses de confección, minería y petróleo y gas fuera de Canadá. Después de una queja admisible, la CORE trabaja con ambas partes para resolver los problemas a través de la resolución temprana o la mediación. Si esto no es posible, el defensor del pueblo investigará y, cuando corresponda, hará recomendaciones a la empresa sobre cómo remediar el abuso de los derechos humanos. La CORE también tiene la facultad de hacer recomendaciones al Ministro de Comercio Internacional de Canadá y a las empresas canadienses.

¿Cuál es el mandato de la CORE?

El mandato de la CORE consta de cuatro componentes:

Promovemos​ la implementación de los PRNU y las Directrices de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos para Empresas Multinacionales («Directrices de la OCDE») con nuestras partes interesadas.

Asesoramos​​ a las empresas canadienses que operan en el extranjero en la adopción de prácticas de Conducta Empresarial Responsable (CER) dentro de sus operaciones, que incluyen la integración de prácticas de desarrollo sostenible, así como medidas de rendición de cuentas para evitar y abordar los efectos negativos de las actividades comerciales.

Examinamos las denuncias de violaciones de los derechos humanos derivadas de las operaciones de empresas canadienses en el extranjero en los sectores de la confección, la minería y el petróleo y el gas. Esto incluye contratistas, subcontratistas y otras entidades controladas directa o indirectamente por una empresa canadiense.

Recomendamos soluciones para aquellos cuyos derechos humanos han sido perjudicados por las empresas canadienses que operan en el extranjero y cambios para evitar que ocurra el mismo daño o un daño similar. Por ejemplo, podemos recomendar que la empresa proporcione una compensación financiera, emita una disculpa formal o reforme sus políticas corporativas. También podemos hacer recomendaciones para cambios en las políticas del gobierno de Canadá.

Resumen ejecutivo​

Por primera vez en 20 años, hay más niños menores de edad trabajando que estudiando en las escuelas.

Al mismo tiempo, han aumentado los esfuerzos por abordar las cuestiones del trabajo infantil y el respeto de los derechos del niño en Canadá. Las recientes iniciativas legislativas tienen por objeto fortalecer el respeto de los derechos humanos exigiendo a las empresas canadienses que comprendan mejor cómo se fabrican sus productos y quién los fabrica, que adopten medidas para prevenir y hacer frente a las consecuencias negativas para los derechos humanos y que informen públicamente sobre esas medidas. Aunque modestos, estos esfuerzos son alentadores.

A la luz de estas tendencias, ¿cuáles son las implicaciones para las empresas de las confecciones canadienses y sus proveedores?

En el 2022, la Defensora del Pueblo de Canadá para la Conducta Empresarial Responsable (la CORE) llevó a cabo este estudio para comprender mejor las medidas adoptadas por las empresas de confección canadienses para fortalecer el respeto de los derechos del niño y abordar el riesgo del trabajo infantil en sus operaciones y cadenas de suministro globales (excluyendo el calzado), y las oportunidades y desafíos que enfrentan.

Los datos para este estudio se recopilaron de entrevistas con 10 empresas de confección canadiense («las empresas de confección canadienses participantes») y entrevistas con cinco organizaciones de la sociedad civil («las organizaciones de la sociedad civil participantes»). Los aspectos más destacados de la entrevista y los comentarios del estudio son los siguientes:

1. Comprensión limitada de los conceptos clave de la conducta empresarial responsable

Sólo una de las 10 empresas de las confecciones canadienses participantes mencionó el derecho a la educación, que es un derecho fundamental de los niños y es crítico para la definición del trabajo infantil. Además, sólo la mitad de las empresas entrevistadas están familiarizadas con los Principios Rectores de las Naciones Unidas (los PRNU) sobre las empresas y los derechos humanos y las Directrices de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos para las empresas multinacionales (las Directrices de la OCDE). Estos resultados, en combinación con las respuestas a otras preguntas de la entrevista, sugieren que estas empresas de confección canadiense tengan una comprensión limitada de los conceptos clave de conducta empresarial responsable.

2. La trazabilidad es un desafío

Las empresas de confección canadienses participantes identificaron que dar seguimiento de las prendas de vestir desde el origen hasta el consumidor constituye un desafío, lo que se refleja en el hecho de que solo cuatro de las empresas participantes declararon que dan seguimiento regularmente a las prendas de vestir desde el origen hasta el consumidor. También identificaron la falta de recursos, la dificultad para rastrear las materias primas y la transparencia de los proveedores más allá de la producción de prendas de vestir (conocida como el primer nivel de la cadena de suministro de una empresa) como desafíos para mejorar la trazabilidad.

3. Comprensión limitada de la debida diligencia en materia de derechos humanos

Aunque casi todas las empresas de confección canadienses participantes afirmaron que aplican la diligencia debida en materia de derechos humanos (HRDD, por sus siglas en inglés), sus respuestas sugieren que sólo tienen una comprensión parcial de la HRDD y cómo integrarla eficazmente en todas sus operaciones para abordar los derechos del niño y el riesgo del trabajo infantil.

4. Conocimiento limitado de los riesgos e impactos del trabajo infantil

A pesar de operar en regiones y países donde el riesgo de trabajo infantil es probablemente alto, la mayoría de las empresas de las confecciones canadienses participantes no eran conscientes de ningún riesgo relacionado con el uso del trabajo infantil en sus cadenas de suministro globales. Esto a pesar del hecho de que la mayoría de las empresas declararon que realizan evaluaciones de impacto sobre los derechos del niño y HRDD, que son herramientas para ayudar a identificar los riesgos e impactos sobre los derechos humanos.

5. Pocos casos confirmados de trabajo infantil probablemente debido a la limitada transparencia de la cadena de suministro

Sólo dos de las confecciones canadienses participantes han experimentado un caso confirmado de trabajo infantil en sus cadenas mundiales de suministro. Las organizaciones de la sociedad civil participantes afirmaron que si las empresas de confección no identifican el trabajo infantil dentro de sus operaciones, es probable que esto se deba a que la empresa no tiene plena visibilidad sobre todo a nivel de producción (de prendas, textiles, fibras y materias primas) de su cadena de suministro. Esto puede ser congruente con las experiencias de las empresas de confección canadienses participantes, dado que solo dos de las nueve empresas que llevan a cabo HRDD lo hacen en el nivel de producción con materias primas (conocido como el cuarto nivel), donde probablemente prevalece el trabajo infantil y otros impactos en los derechos del niño.

6. Gran dependencia sobre las herramientas de cumplimiento y monitoreo para identificar y abordar el trabajo infantil

Las empresas participantes utilizan principalmente auditorías sociales y otras herramientas de monitoreo o cumplimiento para identificar, evaluar y abordar el riesgo del trabajo infantil. Si bien el uso de auditorías es un buen punto de partida, abordar los riesgos del trabajo infantil requiere un enfoque más integral, como mantener relaciones equitativas y a largo plazo con los proveedores, o implementar programas de capacitación sobre el riesgo del trabajo infantil en todas las operaciones globales de una empresa, incluidas sus cadenas de suministro.

7. Tendencia hacia enfoques de tolerancia cero para la remediación del trabajo infantil

Si bien la mayoría de las empresas de las confecciones canadienses participantes afirmaron que nunca habían tenido un caso confirmado de trabajo infantil, algunas indicaron que pondrían fin a la relación comercial si se identificaba un caso confirmado, un enfoque que no se ajusta a las mejores prácticas de remediación del trabajo infantil.

Definiciones

Cadenas de suministro globales

La organización transfronteriza de las actividades requeridas para producir bienes o servicios y llevarlos a los consumidores a través de insumos y diversas fases de desarrollo, producción y entrega.

Rastreo

La capacidad de identificar y rastrear el historial, la aplicación, la ubicación y la distribución de productos, piezas y materiales para garantizar la confiabilidad de las declaraciones de sostenibilidad en las áreas de derechos humanos, trabajo (incluida la salud y la seguridad), medio ambiente y lucha contra la corrupción.

Debida diligencia en materia de derechos humanos 

Un proceso continuo de gestión de riesgos que una empresa razonable y prudente debe seguir para identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de cómo aborda sus impactos adversos en los derechos humanos.

Recomendaciones

Recomendación:

Por qué es necesaria esta recomendación:

Lo que hará la CORE:

1. Usar el poder regulatorio bajo el proyecto de ley S-211 para establecer regulaciones que requieran que las instituciones gubernamentales y las entidades comerciales canadienses informen sobre cada nivel de producción, específicamente la producción de prendas, textiles, fibras y materias primas, al informar sobre las medidas adoptadas para prevenir y reducir el riesgo de trabajo forzoso o infantil.

El éxito de las iniciativas legislativas destinadas a hacer frente al trabajo infantil depende de la eficacia de las empresas de las confecciones canadienses para aumentar la transparencia más allá de la producción de prendas de vestir, o el primer nivel de la cadena suministro de una empresa, donde se sabe que el riesgo de trabajo infantil es mayor.

La CORE se comprometerá con los parlamentarios para instar a medidas de transparencia mejoradas bajo el proyecto de ley S-211Footnote 1.

2. Adoptar medidas obligatorias de los derechos humanos y medioambientales (mHREDD, por sus siglas en inglés).

Las empresas de confección canadienses deben implementar políticas y prácticas eficaces de HREDD para abordar con éxito los riesgos e impactos en los derechos humanos, incluidos los derechos del niño y el riesgo del trabajo infantil, y deben hacerlo a lo largo de su(s) cadena(s) de suministro, desde la producción de prendas de vestir hasta la producción de materias primas.

La CORE colaborará con los parlamentarios y las partes interesadas del gobierno para instar a la adopción de la mHREDD.

3. Incluir normas de presentación de informes que vayan más allá de la producción de prendas de vestir, o el primer nivel de la(s) cadena(s) de suministro de una empresa dentro de la norma de presentación de informes de diligencia debida propuesta en virtud de la Conducta Empresarial Canadiense Responsable en el Extranjero: Estrategia de Canadá para el Futuro (Canada's Responsible Business Conduct Abroad: Canada's Strategy for the Future, en adelante la «Estrategia CER»​)​.

Las empresas de confección canadienses deben implementar políticas y prácticas eficaces de HREDD para abordar con éxito los riesgos e impactos en los derechos humanos, incluidos los derechos del niño y el riesgo del trabajo infantil, y deben hacerlo a lo largo de su(s) cadena(s) de suministro, desde la producción de prendas de vestir hasta la producción de materias primas.

La CORE recomendará que el Comité de la Junta de Normas Generales Canadienses sobre la Diligencia Debida en CER para Empresas Canadienses Activas en el Extranjero incluya nomas de presentación de informes que vayan más allá de la producción de prendas de vestir, o el primer nivel, en su desarrollo de normas para informes de diligencia debida en la conducta empresarial responsable

4. Ampliar los enfoques para la rehabilitación del trabajo infantil

A medida que aumenta la transparencia de la cadena de suministro en sus niveles más bajos, es probable que las empresas de confección canadienses identifiquen más casos de trabajo infantil. Por lo tanto, las empresas necesitan contar con un mecanismo eficaz de remediación del trabajo infantil, que solo ponga fin a la relación con los proveedores como último recurso.

La CORE recabará la participación de los expertos pertinentes para que elaboren orientaciones prácticas y específicas para cada sector sobre medidas eficaces de rehabilitación del trabajo infantil.

5. Las empresas de confección canadienses deben reforzar sus conocimientos sobre la conducta empresarial responsable​​ incluidos los derechos del niño y el trabajo infantil

Para cumplir con sus obligaciones en virtud de cualquier nueva legislación, y para que las medidas legislativas o políticas sean más eficaces, las empresas de confección canadienses requieren una comprensión más sólida de los conceptos clave de conducta empresarial responsable.

La CORE coordinará con la industria, el gobierno y la sociedad civil para convocar seminarios web, talleres o mesas redondas a fin de fortalecer la conciencia y el conocimiento de las empresas de confección canadienses sobre los conceptos clave de la conducta empresarial responsable.

Introducción

El sector de la confección y sus cadenas de suministro globales

El sector de la confección se refiere al proceso involucrado en el diseño, producción y venta de ropa, calzado y accesorios. Todos los diferentes pasos o actividades involucrados en este proceso son realizados por una amplia gama de actores ubicados en todo el mundo. Es muy probable que los consumidores canadienses estén familiarizados con el proceso de venta al por menor, o posiblemente incluso con el diseño de prendas de vestir, pero pueden estar menos familiarizados con cómo y dónde se produce una prenda de vestir y por quién.

Los diversos pasos por los que se produce una prenda de vestir implican «gradas» o niveles de producción. Todos estos niveles forman parte de la cadena de suministro de la confección. Las​ ​actividades dentro de cada nivel pueden variar dependiendo de la prenda, pero generalmente se componen de lo siguiente:

Si bien parece sencillo, la cadena de suministro de la confección puede ser compleja. Por ejemplo, cada nivel de producción puede estar ubicado en diferentes países. Las materias primas podrían producirse en un país, como China, mientras que la producción de fibra podría tener lugar en otro, como la India. Las actividades de producción también pueden ser completadas por una gama de diferentes proveedores en los sectores formal e informal. Por ejemplo, una fábrica a nivel de producción de prendas de vestir podría contratar a un subproveedor para completar el trabajo de perlas o bordados, quien, a su vez, puede contratar trabajadores a domicilio para completar la tarea.

El sector de la confección canadiense

Antes de la década de 1980, la producción de prendas de vestir canadienses se llevaba a cabo principalmente en Canadá. A medida que aumentó la globalización, Canadá comenzó a subcontratar la producción de prendas de vestir a países en desarrollo donde los costos de mano de obra y manufactura son mucho más bajos.​Footnote 3 Hoy en día, el sector de la confección canadiense y sus cadenas de suministro son de naturaleza global, y dependen de una intrincada red de niveles de producción y proveedores en varios países.

Aumento del trabajo infantil en las cadenas de suministro de la confección

El sector de la confección es susceptible a una serie de violaciones de los derechos humanos. Muchos canadienses se han vuelto más conscientes de los abusos de los derechos humanos en el sector de la confección después del desastre de Rana Plaza en Bangladesh en el 2013.​Footnote 7

El trabajo infantil es un riesgo importante para los derechos humanos de la industria mundial de la confección. La Organización Internacional del Trabajo define el trabajo infantil como el trabajo realizado por niños debajo de la edad mínima, que es la edad en que termina la enseñanza obligatoria de conformidad con la legislación nacional o, en general, los 15 años. Esto incluye a los niños que participan en trabajos peligrosos (trabajos que pueden dañar la salud, la seguridad o la moral de un niño).​Footnote 8 Sin embargo, es importante recordar que los niños solo estarán preparados para trabajar una vez que tengan una educación básica, como mínimo. Esto significa que si un niño cumple o supera el requisito de la edad mínima, pero realiza un trabajo que interfiere con su capacidad para alcanzar la educación básica, seguirá participando en el trabajo infantil.

En el 2020, se estima que 160 millones de niños estuvieron involucrados en el trabajo infantil en todo el mundo, y los niños de entre cinco y 11 años representaban más de la mitad de esta cifra.​Footnote 9 En general, el trabajo infantil tiende a ser más frecuente entre los niños (a todas las edades de cinco a 18 años) que entre las niñas.​Footnote 10 A partir del 2020, el número de niños trabajadores ha aumentado por primera vez en 20 años.​Footnote 11 La evidencia sugiere que este aumento probablemente se deba al impacto de la pandemia de COVID-19.​Footnote 12 Es difícil evaluar el número exacto de niños que trabajan en el sector de la confección, pero se puede encontrar una fuente importante de trabajo infantil en el sector agrícola, que incluye el cultivo del algodón y la producción de otras materias primas para la confección.​Footnote 13 

Evolución de las medidas legislativas y de otra índole para hacer frente al trabajo infantil 

Las normas internacionales alientan, y la legislación nacional exige, que las empresas de confección canadienses aborden el riesgo del trabajo infantil en sus operaciones mundiales, incluidas sus cadenas de suministro. 

Los PRNU y las Directrices de la OCDE son normas globales que alientan a todas las empresas a respetar los derechos humanos, incluidos los derechos de los niños.

Además de las normas mundiales, la legislación de Canadá destinada a fortalecer el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas está evolucionando rápidamente. En primer lugar, las enmiendas al arancel aduanero de Canadá que entraron en vigor en julio del 2020 prohíben la importación de mercancías, incluidas prendas hechas con trabajo forzoso («la prohibición de importación»).​Footnote 14 En segundo lugar, si se aprueba, el proyecto de ley S-211 (​​Ley para promulgar la Ley de Lucha contra el Trabajo Forzoso y el Trabajo Infantil en las Cadenas de Suministro y para enmendar el Arancel Aduanero)​​, que se presentó en el Senado en noviembre del 2021, requerirá que las empresas de confección canadienses divulguen públicamente las medidas que están tomando para prevenir y reducir el riesgo de trabajo forzoso y trabajo infantil en Canadá y en sus cadenas de suministro globales. También modifica el arancel aduanero para añadir el trabajo infantil a la prohibición de las importaciones.​Footnote 15 Por último, en el 2022 se introdujo el proyecto de ley C-262 (​Ley de responsabilidad empresarial para proteger los derechos humanos​​), que, de aprobarse, exigiría a las empresas de confección canadienses que establecieran y aplicaran procesos para prevenir, abordar y remediar los efectos adversos en los derechos humanos, entre ellos el trabajo infantil.​Footnote 16

El estudio de la CORE sobre el respeto de los derechos del niño y el riesgo del trabajo infantil

A la luz del número cada vez mayor de niños que trabajan y de las recientes novedades legislativas en Canadá encaminadas a fortalecer el respeto de los derechos humanos, en el presente estudio se examinan los datos, se determinan los problemas y las oportunidades y se sirve de recurso para fortalecer el respeto de los derechos del niño y hacer frente al riesgo del trabajo infantil en las operaciones de las empresas de confección canadienses fuera de Canadá, incluso en sus cadenas de suministro.

Metodología

La investigación primaria para este estudio se llevó a cabo a través de entrevistas estructuradas con empresas de confección canadienses y organizaciones de la sociedad civil.

Nanos Research («Nanos») realizó entrevistas con las empresas de confección canadienses participantes en inglés y francés de mayo a julio del 2022. Un total de 208 empresas de confección canadienses se identificaron a través de bases de datos públicas y privadas como posibles contactos, en función de la disponibilidad de su información de contacto, sus ingresos anuales, el número de empleados y la posible conexión con uno o más niveles de producción fuera de Canadá. Nanos contactó a las empresas identificadas por correo electrónico o teléfono, y se realizaron un total de 10 entrevistas. Se incluyeron empresas grandes, medianas y pequeñas.

Las entrevistas se llevaron a cabo con carácter confidencial. Nanos no reveló los nombres ni la información de contacto de las empresas de confección canadienses participantes a la CORE, el Centro para los Derechos del Niño y la Empresa o el Instituto Danés de Derechos Humanos. Sin embargo, cuando se les preguntó si estarían de acuerdo en compartir su información de contacto con la CORE con respecto a una posible segunda fase del estudio, siete de las empresas dieron su consentimiento. En agradecimiento por su tiempo, Nanos ofreció a las empresas de confección canadienses participantes una donación benéfica de $100, que todas las compañías aceptaron.

La guía de discusión que contiene las preguntas de la entrevista se puede encontrar en el ​Apéndice I.​

Además de las entrevistas con empresas de confección canadienses, la CORE realizó entrevistas con tres organizaciones canadienses y dos organizaciones internacionales de la sociedad civil. Las entrevistas fueron realizadas internamente por el personal de la CORE. La guía de discusión que contiene las preguntas de la entrevista se puede encontrar en el ​Apéndice II.​

Limitaciones

Dado el tamaño de la muestra, los resultados de las entrevistas con las empresas de confección canadienses participantes no son generalizables para el sector en su conjunto. Más bien, reflejan las experiencias y perspectivas de las empresas de confección canadienses participantes.

Perfil de los encuestados del estudio

10 empresas de confección canadienses

5 organizaciones de la sociedad civil

Los diez países principales en donde operan las empresas de confección canadiensesFootnote 17:

  1. China
  2. Los Estados Unidos
  3. Canadá
  4. Camboya
  5. México
  6. Vietnam
  7. Indonesia
  8. Bangladesh
  9. India
  10. Taiwán

PME: Un establecimiento de negocios con 1–499 empleados pagados, y más específicamente: una pequeña empresa tiene 1 a 99 empleados pagados; una mediana empresa tiene 100 a 499 empleados pagados; una gran empresa tiene 500 o más empleados pagados.

Puntos destacados y comentarios de la entrevista

Familiaridad con las leyes, principios y directrices aplicables

La Estrategia CER de Canadá deja claro que se espera que las empresas canadienses que operan en el extranjero cumplan las leyes y directrices pertinentes, y para aumentar el respeto de los derechos del niño y hacer frente al riesgo del trabajo infantil se requiere una buena comprensión de las leyes, principios y directrices aplicables.

Aspectos destacados de la entrevista

Comentario

Los PRNU son un conjunto de principios rectores para que los estados y las empresas protejan, respeten y remedien los impactos adversos en los derechos humanos por parte de las empresas. Los PRNU son un instrumento fundamental para que las empresas canadienses cumplan con su responsabilidad de respetar los derechos humanos, incluidos los derechos del niño.

Las Directrices de la OCDE son principios y normas no vinculantes para una conducta empresarial responsable en un contexto mundial. El capítulo cuatro de las directrices aborda específicamente los derechos humanos y requiere, entre otras cosas, que las empresas lleven a cabo la debida diligencia en materia de derechos humanos (HRDD). La OCDE ha producido una guía específica para el sector de la confección (La Guía de Debida Diligencia de la OCDE para las Cadenas de Suministro Responsables en el Sector de la Confección y el Calzado) que proporciona apoyo práctico y específico del sector para la implementación de la HRDD.Footnote 18

Estos marcos internacionales, a los que Canadá se adhiere, dejan claro que se espera que todas las empresas, independientemente de su tamaño, respeten los derechos humanos. Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) pueden tener menos capacidad o procesos y estructuras de gestión más informales que las empresas más grandes. Por lo tanto, las políticas y los procesos de las PYMES para el respeto de los derechos humanos pueden adoptar diferentes formas y pueden lograrse mediante iniciativas adaptadas a sus necesidades.

La falta de familiaridad con los PRNU y las Directrices de la OCDE sugiere que el gobierno de Canadá y la CORE pueden hacer más para ayudar a las empresas de confección canadienses a comprender las políticas y prácticas relacionadas con la CER.

Si bien la mayoría de las empresas de confección canadienses entrevistadas son conscientes de la prohibición de las importaciones en el arancel aduanero, no está claro el fundamento de su respuesta de «seguir como siempre». La prohibición de las importaciones tiene por objeto alentar a las empresas a adoptar medidas para garantizar que sus cadenas de suministro no utilicen el trabajo forzoso.​Footnote 19 Hacerlo requiere la debida diligencia y, como sugieren otras respuestas en las entrevistas, podrían fortalecerse los esfuerzos de las empresas participantes para establecer la HRDD. En otras palabras, es poco probable que la estrategia de «seguir como siempre» sea eficaz.

Si bien la prohibición de las importaciones es actualmente la única medida legislativa para abordar el trabajo forzoso, en estos momentos se están considerando dos proyectos de ley federales: El proyecto de ley C-262 requerirá que las empresas canadienses establezcan procesos de HRDD, mientras que el proyecto de ley S-211 tiene como objetivo aumentar la transparencia de la cadena de suministro con respecto al trabajo infantil y forzoso. A noviembre del 2022, el proyecto de ley S-211 se encuentra actualmente en la etapa de informe en la Cámara de los Comunes. Cabe señalar que solo una de las empresas entrevistadas en este estudio estaría sujeta al proyecto de ley S-211 en su forma actual, dada la definición de «entidad».

Una mejor comprensión de los PRNU y las Directrices de la OCDE ayudará a las empresas de confección canadienses a implementar efectivamente los procesos y prácticas requeridos por estos proyectos de ley, en caso de que se aprueben.

Comprensión de los derechos del niño y el trabajo infantil​

Para fortalecer eficazmente los derechos del niño y hacer frente al riesgo del trabajo infantil, las empresas canadienses de prendas de vestir deben tener una buena comprensión del significado de «derechos del niño» y «trabajo infantil».

Aspectos destacados de la entrevista

Se pidió a las empresas de confección canadienses participantes que definieran los derechos del niño y el trabajo infantil. Una empresa entendía incorrectamente que el trabajo infantil incluía a cualquier persona menor de 18 años que se viera obligada a trabajar. Sólo una de las 10 empresas de confección canadienses participantes mencionó el derecho a la educación, que es un derecho fundamental de los niños y es fundamental para la definición del trabajo infantil.

Comentario

¿Qué son los derechos del niño?

Los derechos del niño reconocen que los niños son seres humanos con derechos y libertades propios de su edad y desarrollo.

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por Canadá en 1991​Footnote 20​, reconoce los derechos y libertades de los niños hasta la edad de 18 años.​Footnote 21 Por ejemplo, el derecho a la educación, la libertad de expresión y la libertad de asociación, entre otros, son derechos y libertades reconocidos internacionalmente para los niños en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

¿Qué es el trabajo infantil?

No toda labor realizada por niños califica como trabajo infantil. El trabajo infantil es un trabajo que infringe los derechos del niño.

El Convenio N.º 138 de la Organización Internacional del Trabajo («OIT») especifica que la edad mínima para trabajar no debe ser inferior a la edad en que el niño termina la escolaridad obligatoria o, en general, a los 15 años.​Footnote 22 El requisito de la edad mínima puede variar en función de la edad de terminación de la escolaridad obligatoria en cada estado, lo que pone de relieve la importancia de la educación para la definición del trabajo infantil. Es decir, si un niño está involucrado en un trabajo que interfiere con su capacidad para alcanzar la educación básica, está involucrado en el trabajo infantil.

El Convenio N.º 182 de la OIT prohíbe las peores formas de trabajo infantil, también conocido como «trabajo peligroso».​Footnote 23 Las peores formas de trabajo infantil incluyen todas las formas de esclavitud (o prácticas similares a la esclavitud) y el trabajo que, por su naturaleza o las circunstancias en que se lleva a cabo, es probable que perjudique la salud, la seguridad o la moral de los niños.​Footnote 24

Por lo tanto, los niños realizan trabajo infantil cuando:

Las respuestas de las empresas canadienses participantes en relación con las definiciones de los derechos del niño y el trabajo infantil indican la necesidad de fortalecer su comprensión y capacidad para aplicar esos conceptos a su labor de aumentar la transparencia y establecer la diligencia debida en sus operaciones y cadenas de suministro mundiales.

Rastreo de prendas desde el origen hasta el consumidor

La trazabilidad implica saber dónde y cómo se hizo una prenda. Comunicar esa información a las partes interesadas y a los consumidores es lo que promueve la transparencia de la cadena de suministro.

Aspectos destacados de la entrevista

Comentario

La eficacia de la legislación de transparencia propuesta, como el proyecto de ley S-211, para abordar el trabajo infantil dependerá del rastreo en los niveles de producción donde es probable que el riesgo sea más alto.

Como indican las respuestas de las empresas entrevistadas, rastrear prendas e identificar proveedores no está exento de desafíos. Estos desafíos pueden ser aún más importantes para las PYMES, cuya capacidad y recursos pueden ser limitados. 

Varias de las empresas de confección y organizaciones de la sociedad civil canadienses participantes mencionaron la necesidad de colaboración e intercambio de recursos entre las empresas de confección, que incluye el establecimiento de bases de datos o registros para intercambiar información sobre auditorías y proveedores. Esto podría lograrse a través de asociaciones industriales, organizaciones de la sociedad civil, organismos gubernamentales, empresas privadas o iniciativas de múltiples partes interesadas. 

Llevar a cabo la debida diligencia de los derechos humanos

La debida diligencia en materia de derechos humanos (HRDD) es clave para evitar que la actividad empresarial tenga impactos negativos en las personas y remediar esos impactos cuando ocurren.

Aspectos destacados de la entrevista

Comentario

La HRDD es «un proceso continuo de gestión de riesgos que una empresa razonable y prudente debe seguir para identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de cómo aborda sus impactos adversos en los derechos humanos».​Footnote 25 Es esencial que las empresas canadienses de confección no sólo emprendan actividades de HRDD, sino que lo hagan con eficacia para aumentar el respeto de los derechos del niño y hacer frente al riesgo del trabajo infantil.

Si bien no se preguntó a las empresas sobre su debida diligencia ambiental durante las entrevistas, es importante señalar que el derecho a un medio ambiente saludable, limpio y sostenible es ahora un derecho humano reconocido.​Footnote 26 Esto significa que las empresas de confección canadienses deben incluir la debida diligencia ambiental al llevar a cabo la HRDD.

Las auditorías sociales son diferentes a la HRDD

Si bien la mayoría de las empresas afirmaron que realizaban actividades de desarrollo de los recursos humanos, sus respuestas sugieren que podrían fortalecerse el conocimiento y la aplicación de esas actividades.

Las auditorías sociales no son sustituto de la HRDD y, de hecho, son bastante diferentes del proceso de la HRDD. La evidencia sugiere que las auditorías sociales no han demostrado ser efectivas para identificar los abusos de los derechos humanos en las cadenas de suministro globales.​Footnote 27

Esto no significa que las empresas de confección canadienses deban renunciar por completo a la auditoría social. Las auditorías pueden ser una herramienta importante en la caja de herramientas de prácticas para abordar el riesgo y los impactos y aumentar la visibilidad de la cadena de suministro. Una serie de prácticas para abordar los riesgos y los impactos se analizan más adelante en este informe (véase: « Diligencia debida en materia de derechos humanos: prevención y mitigación del riesgo del trabajo infantil »).

Se puede encontrar más información sobre las mejores prácticas de la HRDD en ​​el Apéndice III - «Recursos complementarios»​.

Diligencia debida en materia de derechos humanos: identificación y evaluación de los riesgos ​e impactos del trabajo infantil

Identificar y evaluar los riesgos e impactos en los derechos humanos, incluido el riesgo de trabajo infantil, es un primer paso esencial para una empresa al llevar a cabo la HRDD.

Aspectos destacados de la entrevista

Comentario

Riesgos e impactos para los derechos humanos

El riesgo a los derechos humanos se refiere a los impactos adversos ​posibles​ y ​reales​ en los derechos humanos y el primer paso de la HRDD es identificar y evaluar ambos tipos de impactos. Ante esto, es notable que la mayoría de las empresas, incluso aquellas que operan en lo que probablemente sean áreas de mayor riesgo para el trabajo infantil,​Footnote 28 declararon que no eran conscientes de ningún riesgo de trabajo infantil a pesar de realizar regularmente la HRDD. Esto sugiere que algunas de las empresas entrevistadas pueden no estar plenamente conscientes o no identificar sus riesgos.

Evaluaciones de los efectos en los derechos humanos y los derechos del niño

La mayoría de las empresas entrevistadas utilizan auditorías para identificar los riesgos del trabajo infantil. Si bien las auditorías son una herramienta para gestionar la supervisión de las cadenas de suministro mundiales, generalmente no se confía en las auditorías, por sí solas, para identificar y evaluar el riesgo. Una evaluación del impacto en los derechos humanos (EIDH) es un instrumento más eficaz para identificar y evaluar los riesgos para los derechos humanos, incluido el riesgo del trabajo infantil.

Una evaluación del impacto en los derechos del niño (EIDN) es una forma de evaluación del impacto en los derechos humanos y es una forma eficaz de identificar el riesgo del trabajo infantil y comprender los impactos específicos que las operaciones de una empresa pueden tener en los niños. Si se hace correctamente, una EIDN puede ayudar a las empresas de confección a identificar los riesgos del trabajo infantil.

Los posibles impactos adversos en los derechos humanos​

En el ​Apéndice III - «Recursos complementarios», se puede obtener más información sobre las evaluaciones de los efectos en los derechos humanos y los derechos del niño.​

Diligencia debida en materia de derechos humanos: prevención y mitigación del riesgo del trabajo infantil

Una vez que las empresas de confección canadienses han identificado y evaluado sus impactos adversos posibles y reales en los derechos humanos, incluido el riesgo de trabajo infantil, la HRDD eficaz implica tomar las medidas adecuadas para prevenir y mitigar esos impactos.

Aspectos destacados de la entrevista

Comentario

La acción apropiada puede incluir el monitoreo del cumplimiento, pero debe incluir otras acciones como la implementación de programas de bienestar laboral y protección de la maternidad o el apoyo a las comunidades de trabajadores vecinas. Las medidas apropiadas pueden incluir abordar las prácticas comerciales insostenibles, que pueden tener un impacto positivo en la reducción del riesgo de trabajo infantil. Las prácticas comerciales sostenibles pueden incluir:

De sus respuestas se desprende claramente que las empresas de confección canadienses participantes se centran en medidas de cumplimiento y supervisión y aún no aplican enfoques más amplios para hacer frente a los riesgos del trabajo infantil.

Cuando las empresas tienen una supervisión limitada de sus cadenas de suministro, particularmente en los niveles más bajos de producción (nivel tres o cuatro), la implementación de estos enfoques más integrales para abordar los riesgos del trabajo infantil puede ser un desafío. Las pequeñas y medianas empresas pueden tener recursos limitados para establecer sistemas internos que les permitan aplicar estos enfoques más amplios. El uso del apalancamiento y la colaboración con otras empresas para mancomunar recursos puede ayudar a superar algunos de estos desafíos.

Un ​salario digno​ es la remuneración recibida por una semana de trabajo estándar por parte de un trabajador en un lugar particular suficiente para permitir un nivel de vida decente para el trabajador y su familia, incluida la comida, el agua, la vivienda, la educación, la atención médica, el transporte, la ropa y otras necesidades esenciales, incluida la provisión para eventos inesperados.

Se pueden encontrar más recursos sobre la identificación, el desarrollo y el uso del apalancamiento en el ​Apéndice III: Recursos suplementarios​.

Remediación del trabajo infantil: abordar los impactos en los derechos humanos

De acuerdo con los PRNU y las Directrices de la OCDE, cuando una empresa identifica el uso del trabajo infantil en su cadena de suministro global, debe prever o cooperar en procesos legítimos para remediar la situación en el mejor interés del niño.

Aspectos destacados de la entrevista

Comentario

El número limitado de casos confirmados de trabajo infantil que experimentan las empresas de confección canadienses participantes podría ser mucho mayor, dependiendo de la eficacia de la política y las prácticas de una empresa para identificar el trabajo infantil y del grado en que una empresa supervisa los niveles inferiores de producción en su cadena de suministro (por ejemplo ,producción de materias primas).

Cuando se descubre un caso de trabajo infantil, las empresas solo deben poner fin a una relación comercial como último recurso. Los enfoques de tolerancia cero con el trabajo infantil, o la terminación de las relaciones comerciales cuando surge un caso de trabajo infantil, pueden dar lugar a incentivos distorsionados. Los proveedores pueden ocultar o trasladar el problema del trabajo infantil a otros niveles de la cadena de suministro que son menos visibles, como la subcontratación. Como resultado, los enfoques de tolerancia cero no solo pueden impedir que las empresas de confección canadienses cumplan con su responsabilidad de respetar los derechos humanos, sino que en realidad podrían perpetuar la explotación de los niños en las cadenas de suministro mundiales.

En cambio, se alienta a las empresas de confección a utilizar su influencia para trabajar con los proveedores para remediar el daño en el mejor interés del niño. Cuando carecen de influencia, la acción colectiva puede ayudar a aumentar su influencia.

Las mejores prácticas para la remediación del trabajo infantil incluyen:

«…[el caso confirmado del trabajo infantil] se trató de inmediato; detuvimos la manufactura en esa fábrica. También lo compartimos con otras empresas que usaban esa fábrica y tenían el derecho de hacer lo mismo que nosotros o continuar. Podrían implementar medidas para asegurarse de que no vuelva a suceder.»

«Hay muy pocas cosas que nos impidan hacer negocios, y [el trabajo infantil] es una de ellas. Somos muy claros al respecto. Hemos cancelado pedidos cuando vimos que los fabricantes no eran honestos. Si quieren trabajar con nosotros y son transparentes, nosotros trabajaremos con ellos.»

En el ​Apéndice III - «Recursos suplementarios»​​ se pueden encontrar recursos adicionales sobre la remediación efectiva.

Conclusión y próximos pasos​

Los resultados de este estudio muestran que algunas empresas de confección canadienses todavía están en una etapa relativamente temprana de su camino para fortalecer el respeto de los derechos del niño y abordar el riesgo del trabajo infantil en sus operaciones mundiales, incluidas sus cadenas de suministro. Los aspectos más destacados del estudio sugieren lo siguiente:

Recomendaciones

Si bien este estudio refleja las observaciones de solo 10 empresas de confección canadienses, es probable que otras empresas se enfrenten a desafíos y experiencias similares. A la luz de lo anterior, la CORE recomienda las siguientes medidas para fortalecer el respeto de los derechos del niño y abordar el riesgo del trabajo infantil en las operaciones globales de las empresas de confección canadienses, incluidas sus cadenas de suministro:

1. Mejorar las medidas de transparencia de la cadena de suministro

Para abordar adecuadamente el trabajo infantil, las empresas de confección canadienses deben mejorar la transparencia de la cadena de suministro más allá de la producción de prendas de vestir (el primer nivel). Esto se debe a que las estadísticas indican que el trabajo infantil es probablemente más frecuente en el sector agrícola, o el cuarto nivel de producción. Sin embargo, las empresas entrevistadas en este estudio tienden a centrarse en la producción de prendas de vestir (el primer nivel de producción); solo cuatro de las 10 empresas de confección canadienses participantes afirmaron que rastrean prendas de vestir al nivel de producción de materias primas (el cuarto nivel).

La CORE recomienda que el parlamento y el gobierno del Canadá adopten medidas para mejorar las medidas de transparencia en las iniciativas legislativas mediante:

Para apoyar la aplicación de esta recomendación, la CORE colaborará con los parlamentarios para promover medidas de transparencia reforzadas en el proyecto de ley S-211.

2. Implementar la debida diligencia obligatoria en materia de derechos humanos y medio ambiente (mHREDD)

La CORE anteriormente recomendó la diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos del Senado.​ Footnote 29 La CORE reitera esta recomendación, pero con la inclusión de la debida diligencia ambiental a fin de reflejar que el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible es ahora un derecho humano reconocido.​Footnote 30 La implementación de mHREDD garantiza que las empresas canadienses aborden el riesgo de derechos humanos, incluido el riesgo de trabajo infantil, dentro de sus operaciones globales y cadenas de suministro.

3. Incluir requisitos de presentación de informes que vayan más allá de la producción de prendas de vestir o el nivel uno de la cadena de suministro de una empresa dentro de la norma CER anunciada en la Estrategia CER de Canadá

Es esencial que las empresas canadienses de confección no sólo emprendan la HRDD, sino que lo hagan con eficacia para aumentar el respeto de los derechos del niño y hacer frente al riesgo del trabajo infantil. Para ayudar a las empresas a hacer frente a los riesgos del trabajo infantil cuando es probable que sean más altos, la CORE recomienda que los requisitos de presentación de informes propuestos en el marco de la ​Estrategia CER de Canadá​ (sólo en inglés) vayan más allá de la producción de prendas de vestir o el primer nivel de la cadena de suministro de una empresa. Específicamente, debe abordar todos los niveles de la cadena de suministro de confección; desde la producción de prendas de vestir hasta la producción de materias primas. 

Como miembro del Comité de Diligencia Debida de la Junta Canadiense de Normas Generales sobre CER para Empresas Canadienses Activas en el Extranjero, la CORE recomendará que los requisitos de presentación de informes incluyan medidas para promover la transparencia en los niveles de producción donde es probable que los riesgos de trabajo infantil sean más altos. Si bien la norma CER será general, el trabajo futuro puede incluir el desarrollo de orientación específica del sector, incluido el sector de la confección. 

4. Ampliar los enfoques para la rehabilitación del trabajo infantil

A medida que aumenta la visibilidad de la cadena de suministro en los niveles de producción más bajos, es probable que las empresas de confección canadienses identifiquen más casos de trabajo infantil. Por lo tanto, las empresas deben asegurarse de contar con un mecanismo eficaz de remediación del trabajo infantil, que solo ponga fin a la relación con un proveedor como último recurso. Los PRNU y las Directrices de la OCDE sugieren que las empresas prevean o participen en procesos legítimos para remediar el trabajo infantil cuando se identifique un caso confirmado. Varias de las empresas de confección canadienses entrevistadas indicaron una tendencia hacia enfoques de tolerancia cero para la rehabilitación del trabajo infantil, lo que puede exacerbar aún más el problema.

La CORE recomienda que las empresas de confección canadienses refuercen su enfoque para remediar los casos de trabajo infantil relacionados con sus operaciones globales y las de sus proveedores.​ La rehabilitación eficaz del trabajo infantil debería, entre otras cosas:

Reconociendo que existe una laguna en la orientación de que disponen las empresas para abordar adecuadamente los casos de trabajo infantil, la CORE apoyará la aplicación de esta recomendación haciendo participar a los expertos pertinentes, incluida la sociedad civil, para que elaboren orientaciones prácticas y específicas para cada sector sobre la solución eficaz del problema del trabajo infantil.

5. Fortalecer el conocimiento y la comprensión de la empresa canadiense de confección sobre los conceptos clave de la conducta empresarial responsable.

Incluso una vez que se hayan adoptado medidas legislativas y normativas para hacer frente a los riesgos e impactos en materia de derechos humanos, las empresas de confección canadienses necesitarán una sólida comprensión de los conceptos clave de la conducta empresarial responsable para la aplicación y el cumplimiento efectivos. Las empresas entrevistadas en este estudio demuestran una comprensión deficiente de los PRNU, las Directrices de la OCDE, el trabajo infantil y la HRDD, por ejemplo.

La CORE recomienda que las empresas de confección canadienses aumenten su conocimiento y comprensión de los conceptos clave de conducta empresarial responsable.

Para apoyar la implementación de esta recomendación, la CORE coordinará con la industria, el gobierno y la sociedad civil para convocar seminarios web, talleres o mesas redondas con empresas de confección canadienses para fortalecer el conocimiento de los conceptos clave de conducta empresarial responsable.

Referencias

Alliance 8.7, «Mexico» (2017).

Bureau of International Labour Affairs, «List of Goods Produced by Child Labor or Forced Labor» (2022).

Business and Human Rights Resource Centre, «Beyond Social Auditing».

Canada Border Services Agency, «Goods manufactured or produced by prison or forced labour», Memorandum D9-1-6 (2021)

Canadian Border Services Agency, «Issue notes—Special Committee on Canada-China Relations: National Security Dimension of the Canada-China Relationship», (25 de febrero del 2021)

Centre for Child Rights and Business, «Best Response: Auditors' Insights on Child Labor in Asia» (2016).

Global Affairs Canada, «Responsible Business Conduct Abroad: Canada's Strategy for the Future» (2021)

Global Living Wage Coalition, «The Anker Methodology for Estimating a Living Wage» (2021)

Innovation, Science and Economic Development Canada, «Trade Data Online» (2022).

Organización Internacional del Trabajo, «The future of work in textiles, clothing, leather and footwear» (2019)

Organización Internacional del Trabajo,  «Minimum Age Convention, C138» (1973)

Organización Internacional del Trabajo,  «Worst Forms of Child Labour Convention, C182» (1999)

Organización Internacional del Trabajo, «Child Labour: Global estimates 2020, trends and the road forward» (2021)

Organización Internacional del Trabajo, «Child labour is more prevalent among boys than girls at every age» (2020)

Organización Internacional del Trabajo,  «Gendered impacts of COVID-19 on the garment sector» (2020)

Organización Internacional del Trabajo, «COVID-19 impact on child labour and forced labour: The response of the IPEC+ Flagship Programme» (2020)

Organización Internacional del Trabajo,  «COVID-19 may push millions more children into child labour – ILO and UNICEF» (2020)

Organización Internacional del Trabajo,  «The future of work in textiles, clothing, leather and footwear» Documento de Trabajo de la OIT N.º 326 (2019)

Organización Internacional del Trabajo, «Ratifications for Canada» (2017)

Kashyap, Aruna «Social Audit Reforms and the Labor Rights Ruse» Human Rights Watch (2020).

Noël, Jean-François, «The Convention on the Rights of the Child» (2015).

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, «OECD Due Diligence Guidance for Responsible Business Conduct» (2018).

Parlamento, proyecto de ley S-211: Ley para promulgar la Ley de lucha contra el trabajo forzoso y el trabajo infantil en las cadenas de suministro y enmendar el arancel aduanero, Parlamento 44.º, 1er período de sesiones.

Parlamento, proyecto de ley C-262: Ley respecto a la responsabilidad de las empresas de prevenir, abordar y remediar los efectos adversos sobre los derechos humanos que se producen en relación con las actividades comerciales realizadas en el extranjero, Parlamento 44.º, 1er período de sesiones

Shift and Mazars LLP, « Marco para el Informe de los Principios Rectores de las Naciones Unidas » (2015).

Statista, «Apparel – Canada» (2021)

Defensora del Pueblo de Canadá para la Conducta Empresarial Responsable (CORE), «Brief on Bill S-211: An Act to enact the Fighting Against Forced Labour and Child Labour in Supply Chains Act and to amend the Customs Tariff» (2022).

UNICEF, «Mapping Child Labour Risks in Global Supply Chains» (2020)

UNICEF,  «Child labour rises to 160 million – first increase in two decades» (2021)

UNICEF,  «Children's Rights in the Workplace Index» Child Rights in Business Atlas

Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, «Cotton at a Glance» (2020)

Oficina de Responsabilidad Gubernamental de los Estados Unidos, «Working Children: Federal Injury Data and Compliance Strategies Could Be Strengthened» Report to Congressional Requesters (2018)

Asamblea General de las Naciones Unidas, Convención sobre los derechos del niño, 20 de noviembre de 1989, serie Tratados de las Naciones Unidas, vol. 1577, artículo 28.

World Vision Canada, «Factory collapse puts spotlight on child labour» (2014)

Apéndice

Apéndice I: Preguntas de entrevista de Nanos

Guía para realizar la consulta Elite para la CORE

Nombre completo: Fecha de la entrevista:

Título: _______________________________ Notas a cargo de:

Buen día. Me llamo __________________ y trabajo para la consultora Nanos Research. Hemos sido contratados para efectuar una consulta confidencial por encargo de la Defensoría del Pueblo Canadiense para la Empresa Responsable (CORE) entre las empresas canadienses del sector de la confección. El objetivo de esta investigación es explorar los logros, avances y retos de las empresas canadienses de la confección en el marco de la aplicación de diligencia debida en materia de derechos humanos relacionados con los derechos del niño – en particular en materia de trabajo infantil – en el contexto de sus actividades y cadenas de suministro en el extranjero.

¿Es un buen momento para una encuesta de 30 a 45 minutos de duración?  [Si no lo es, puede elegir otra fecha].

Todas sus respuestas serán confidenciales y serán agregadas a las respuestas de los demás encuestados, con el fin de identificar los temas y prioridades comunes. Nanos será la única organización que almacenará y tendrá acceso a los datos completos de todas las entrevistas – y salvaguardará la confidencialidad de todas las respuestas y comentarios de los participantes. Nanos compartirá con la CORE únicamente datos agregados y totalmente anónimos. Sólo tomaremos notas por escrito de la entrevista. Yo dirigiré la entrevista y mi colega tomará notas. La participación de usted es importante para el éxito de esta iniciativa y desde ya le quedamos muy agradecidos. ¿Podemos empezar?

Las primeras preguntas nos ayudarán a agrupar las respuestas para hacer un análisis de conjunto.

  1. Su empresa, ¿se cotiza en una bolsa canadiense?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 1 fue afirmativa]
    Su empresa, ¿corresponde a alguna de las siguientes categorías?
  1. Que usted sepa, ¿en cuáles países realizan sus actividades los proveedores y subcontratistas de su empresa? [Incluir todas las respuestas]
    [Pregunta abierta: pida que indiquen los países y complete la lista según corresponda].
  1. En la medida de lo posible, identifique los países en los cuales están activas las cadenas de suministro de su empresa – y atribúyales un porcentaje que refleje su importancia en el total de las actividades que la empresa de usted realiza en el extranjero.
    [Incluir todas las respuestas]
    [Pregunta abierta: pida que indiquen los países y complete la lista según corresponda].

Canadá ........................................... ___%.

Estados Unidos ...............................  ___%

México ............................................ ___%

China .............................................. ___%.

Vietnam .......................................... ___%.

Indonesia ........................................ ___%.

Turquía ........................................... ___%

Etiopía ............................................ ___%.

Otro (_________________)............ ___%

Otro (_________________)............ ___%

Otro (_________________)............ ___%

Total ...............................................  100%

Conocimiento de las leyes y directrices pertinentes 

  1. ¿Está usted plenamente familiarizado(a), medianamente familiarizado(a), poco familiarizado(a) o no está familiarizado(a) con las leyes canadienses relativas a los derechos del niño en las cadenas de suministro de las empresas canadienses del sector de la confección?
  1. Su empresa, ¿ha cambiado la forma en que realiza sus actividades en respuesta a la modificación de los aranceles aduaneros efectuada en julio de 2021, en virtud de los cuales se prohíbe la entrada a Canadá de mercancías fabricadas mediante el uso de trabajo forzado (incluyendo determinadas formas de trabajo infantil)?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 6 fue afirmativa] ¿Qué cambios ha hecho su empresa al respecto? [Pregunta abierta]
  1. Su empresa, ¿ha cambiado la forma en que realiza sus actividades en el extranjero y(o) en sus cadenas de suministro en respuesta a alguna ley nacional relativa a los derechos del niño y(o) al trabajo infantil adoptada por uno o varios países fuera de Canadá?
  1. ¿Qué país o cuáles países han exigido o exigirán que su empresa cambie la forma en que realiza sus actividades en el extranjero y(o) en sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]
  1. ¿Está usted plenamente familiarizado(a), medianamente familiarizado(a), poco familiarizado(a) o no está familiarizado(a) con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos?
  1. ¿Está usted plenamente familiarizado(a), medianamente familiarizado(a), poco familiarizado(a) o no está familiarizado(a) con las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales?

Concienciación sobre el trabajo infantil en la cadena de suministro

  1. Cuando oye el término "derechos del niño" en el contexto de la industria de la confección, ¿qué palabras le vienen a la mente? [Pregunta abierta]
  2. Cuando oye el término "trabajo infantil" en el contexto de la industria de la confección, ¿qué palabras le vienen a la mente? [Pregunta abierta]
  3. ¿Cómo define usted los "derechos del niño" y el "trabajo infantil"? [Pregunta abierta]
  4. ¿Cuáles cree usted que son las causas fundamentales del uso de trabajo infantil en las cadenas de suministro para la confección de prendas de vestir? [Pregunta abierta]
  5. ¿Cree usted que su empresa puede tener una repercusión positiva, algo positiva, algo negativa, negativa o nula sobre el uso de mano de obra infantil en las actividades que realiza en el extranjero, incluyendo sobre sus cadenas de suministro?
  1. ¿Por qué tiene esa opinión? [Pregunta abierta]
  2. ¿Está usted al tanto de algún riesgo relacionado con el uso de mano de obra infantil en las actividades que su empresa realiza en el extranjero, incluyendo en sus cadenas de suministro?
  1. [Si está al tanto] ¿Cuáles son esos riesgos y cómo responde su empresa a los mismos? [Pregunta abierta]
  2. [Si no está al tanto] ¿Cómo sabe usted que esos riesgos no existen? [Pregunta abierta]
  3. Su empresa, ¿tuvo alguna vez una confirmación de uso de mano de obra infantil en sus actividades realizadas en el extranjero, incluyendo en sus cadenas de suministro?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 21 fue afirmativa] ¿Qué medidas ha adoptado o está adoptando su empresa para eliminar la utilización de mano de obra infantil en las actividades que realiza en el extranjero, incluyendo en sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]

Diligencia debida en materia de derechos humanos y de derechos de la infancia

  1. ¿Qué entiende usted por "diligencia debida en materia de derechos humanos"? [Pregunta abierta]
  2. Su empresa, ¿actúa con la diligencia debida en materia de derechos humanos con regularidad, ocasionalmente o nunca en el marco de las actividades que realiza en el extranjero, incluyendo en sus cadenas de suministro?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 24 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"] Su empresa, ¿en cuáles áreas de sus actividades en el extranjero, incluyendo sus cadenas de suministro, actúa con la diligencia debida en materia de derechos humanos?
  1. Su empresa, ¿evalúa la repercusión de sus actividades realizadas en el extranjero (incluyendo a sus cadenas de suministro) sobre los derechos del niño con regularidad, ocasionalmente o nunca?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 26 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"]
    ¿En cuáles áreas de sus actividades en el extranjero, incluyendo sus cadenas de suministro, lleva a cabo evaluaciones sobre la repercusión de dichas actividades sobre los derechos del niño?
  1. Su empresa, ¿monitorea sus cadenas de suministros con regularidad, ocasionalmente o no las monitorea nunca para detectar si están usando mano de obra infantil?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 28 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"]
    ¿En cuáles áreas de sus cadenas de suministro efectúa revisiones su empresa para detectar si se está usando mano de obra infantil?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 28 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"]
    ¿Cómo responde su empresa al riesgo de que se use trabajo infantil en su cadena de suministro en el extranjero como parte de su obligación de actuar con la diligencia debida en materia de derechos humanos?
  1. ¿Cuáles retos o barreras enfrenta su empresa para actuar con la diligencia debida en materia de derechos humanos en el marco de las actividades que realiza en el extranjero, incluyendo a sus cadenas de suministro?
    [Pregunta abierta]
  1. ¿Cuáles son las mejores prácticas que deberían adoptar las empresas del sector de la confección para actuar con la diligencia debida en materia de derechos humanos en el marco de las actividades que llevan a cabo en el extranjero, incluyendo a sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]

Rastreo del uso de trabajo infantil en las cadenas de suministro

  1. Su empresa, ¿rastrea con regularidad, ocasionalmente o no rastrea nunca las prendas desde su origen hasta el consumidor para detectar si se utilizó mano de obra infantil?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 33 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"] ¿En cuáles áreas de sus cadenas de suministro rastrea su empresa las prendas para detectar si se utilizó mano de obra infantil?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 33 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"]
    ¿Cómo rastrea su empresa el origen de las prendas para detectar si sus cadenas de suministro en el extranjero utilizaron mano de obra infantil? [Pregunta abierta]
  2. [Si la respuesta a la pregunta 33 fue "Con regularidad" U "Ocasionalmente"]
    ¿Qué dificultades tiene su empresa para rastrear el origen de las prendas y detectar el uso de mano de obra infantil en sus cadenas de suministro en el extranjero? [Pregunta abierta]
  3. En su opinión, ¿cuáles son las mejores prácticas que deberían adoptar las empresas de confección para rastrear con eficacia las prendas de vestir y para detectar la utilización de trabajo infantil en las actividades que llevan a cabo en el extranjero y en sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]

Iniciativas más amplias

  1. ¿Cuáles iniciativa(s), políticas o programas ha implantado su empresa para fortalecer el respeto de los derechos del niño o reducir la utilización del trabajo infantil en las actividades que lleva a cabo en el extranjero y en sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]
  2. [Si nombraron una iniciativa, política o programa] ¿Cuáles han sido las repercusiones de esas iniciativas, políticas o programas sobre su empresa? [Pregunta abierta]
  3. Su empresa, ¿ha implementado alguna de las siguientes iniciativas, políticas o programas para salvaguardar los derechos del niño o combatir el trabajo infantil? [Seleccione al azar] [Seleccione todas las opciones que correspondan]
  1. ¿Qué motiva o motivaría a su empresa a participar en actividades dirigidas a fortalecer los derechos del niño o a eliminar el trabajo infantil en las actividades que lleva a cabo en el extranjero y en sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]
  2. [SI NO SE MENCIONA ALGUNA MOTIVACIÓN] ¿Cuáles son las razones por las que su empresa no está motivada a participar en actividades dirigidas a fortalecer los derechos del niño o a eliminar el trabajo infantil en sus actividades en el extranjero y en sus cadenas de suministro? [Pregunta abierta]

Apoyo a los derechos humanos y al rastreo en las cadenas de suministro

  1. ¿Ha trabajado usted alguna vez con consultores u organizaciones especializados en diligencia debida en materia de derechos humanos, de rastreo en las cadenas de suministro, de trabajo infantil o de derechos del niño?
  1. ¿Cómo podrían apoyar la Defensoría del Pueblo Canadiense para la Empresa Responsable (CORE) o el Gobierno de Canadá a las empresas canadienses del sector de la confección para que contribuyan a fortalecer los derechos del niño en las actividades que llevan a cabo en el extranjero y en sus cadenas de suministro?
    [Pregunta abierta]
  2. ¿Cómo podría el Gobierno de Canadá prestar un apoyo más eficaz para rastrear las prendas de vestir a fin de detectar si las empresas canadienses del sector de la confección que realizan sus actividades en el extranjero y sus cadenas de suministro están utilizando mano de obra infantil? [Pregunta abierta]

Apoyo al comercio y medidas comerciales

  1. Su empresa, ¿recibe o ha recibido algún apoyo comercial del Gobierno de Canadá? En caso afirmativo, ¿de qué tipo de ayuda comercial se trata?
  2. Su empresa, ¿ha sido objeto alguna vez de medidas comerciales debido a su actuación en materia de derechos humanos en el marco de sus actividades realizadas en el extranjero?

Comportamiento de los consumidores

  1. ¿Diría usted que los consumidores de los productos de su empresa están interesados, están medianamente interesados, están poco interesados o que no están interesados en saber si las empresas canadienses del sector de la confección que llevan a cabo sus actividades en el extranjero y sus cadenas de suministro utilizan mano de obra infantil?
  1. Su empresa, ¿ha enfrentado alguna vez críticas de consumidores o grupos de consumidores relacionadas con la utilización de mano de obra infantil en las actividades que realiza en el extranjero y(o) en sus cadenas de suministro?
  1. [Si la respuesta a la pregunta 49 fue afirmativa] ¿Cómo respondió o reaccionó su empresa?

Próximos pasos

  1. Se está considerando la posibilidad de llevar a cabo una Fase II para este estudio, en la cual la CORE trabajaría directamente con un pequeño número de empresas canadienses del sector de la confección para fortalecer el rastreo y la diligencia debida en materia de derechos humanos relacionados con el uso de mano de obra infantil en sus actividades realizadas en el extranjero, incluyendo a sus cadenas de suministro. La Fase II del estudio se realizaría en el país extranjero en cuestión, con la participación de las fábricas de confección, los trabajadores y las partes interesadas.

¿Le interesaría a usted dialogar con la CORE sobre la posibilidad de colaborar en la Fase II de este estudio, que comenzaría en el segundo semestre de 2022? [Favor de tener en cuenta que esta colaboración no incluiría compartir sus respuestas al presente cuestionario con la CORE. Sus respuestas al presente cuestionario se mantendrán confidenciales y anónimas].

  1. ¿Nos da usted su consentimiento para que compartamos sus datos de contacto únicamente con la CORE, a fin de que esta última pueda hacer un seguimiento con usted sobre su potencial participación en la Fase II del presente estudio?

Gracias por haber participado hoy en nuestra encuesta. Para agradecerle por su tiempo, se donará la suma de $100 dólares a la organización benéfica registrada que usted elija.

  1. ¿Cuál es el nombre de la organización benéfica registrada a la cual desea usted que hagamos esa donación? _____________________________________

Muchas gracias por su valiosa participación.

Apéndice II: Preguntas de entrevista de CSO

Cuestionario para las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC)

Contexto

La Defensoría del Pueblo Canadiense para la Empresa Responsable (CORE) ha puesto en marcha un estudio sobre los derechos del niño y el riesgo de que se utilice trabajo infantil en las actividades que las empresas canadienses del sector de la confección realizan en el extranjero y en sus cadenas de suministro. Para información adicional, favor de consultar el mandato de dicho estudio.

La CORE desearía entrevistar a cinco organizaciones de la sociedad civil canadiense con conocimientos y experiencia en los temas siguientes: conducta empresarial responsable y derechos humanos; cuestiones relativas a los derechos del niño y(o) al trabajo infantil en el sector de la confección canadiense; trabajo forzado (incluidas las peores formas de trabajo infantil) en el sector de la confección; y transparencia de la cadena de suministro y diligencia debida en materia de derechos humanos en el sector de la confección canadiense. La información que faciliten las OSC será incluida en los resultados y análisis del estudio; asimismo, servirá de base para las recomendaciones que formulará la CORE. La identidad de los encuestados y la información que proporcionen se mantendrán en estricta confidencialidad.

Preguntas

Las preguntas incluidas a continuación servirán para guiar las entrevistas de la CORE con las OSC.

Labor que realiza la organización

  1. Por favor describa la labor que realiza su organización en materia de derechos del niño y(o) riesgo de que se utilice trabajo infantil en el contexto de las actividades realizadas en el extranjero por las empresas canadienses de confección y sus cadenas de suministro. Dicha labor, ¿se enfoca en determinados países? En caso afirmativo, ¿en cuáles países?
  2. Su organización, ¿ofrece asesoramiento a las empresas canadienses de confección en materia de trabajo infantil y de derechos del niño? En caso afirmativo, ¿qué tipo de apoyo suelen solicitar las empresas de confección?
  3. Como parte del estudio que realiza la CORE, quisiéramos elaborar una lista de recursos, herramientas y guías de utilidad para las empresas canadienses de confección e incluirla en un anexo en nuestro informe final. ¿Tiene usted alguna recomendación que incluir en esa lista?

Empresas canadienses de confección

  1. ¿Tiene usted conocimiento de casos pasados o presentes en los que se haya utilizado mano de obra infantil y(o) se hayan descubierto otras repercusiones sobre los derechos del niño en las cadenas de suministro en el extranjero de empresas canadienses del sector de la confección?
  2. En caso afirmativo, ¿sabe usted cuáles medidas fueron o están siendo adoptadas por la empresa o empresas para subsanar la situación? ¿Se vio implicada la organización de usted? En caso afirmativo, ¿de qué manera?
  3. ¿Tiene usted conocimiento de alguna buena práctica que fue adoptada por empresas canadienses de confección para fortalecer el respeto de los derechos del niño y responder al riesgo de que en sus cadenas de suministro en el extranjero se utilice trabajo infantil? Por favor describa esas medidas. ¿Existen estudios de casos sobre dichas prácticas?
  4. En su opinión, ¿cuáles son las carencias y los retos que enfrentan las empresas canadienses del sector de la confección para fortalecer el respeto de los derechos del niño y responder al riesgo de que en sus cadenas de suministro en el extranjero se utilice trabajo infantil? ¿En qué se diferencian esas carencias y retos de los que enfrentan las pequeñas y medianas empresas?
  5. ¿Cree usted que las empresas canadienses de confección están cambiando la forma en que realizan sus actividades comerciales en respuesta a la modificación de los aranceles aduaneros efectuada en julio de 2021, en virtud de los cuales se prohíbe la importación de mercancías fabricadas o producidas, en su totalidad o parcialmente, mediante la utilización de trabajo forzado (incluyendo las peores formas de trabajo forzado)? En caso afirmativo, ¿qué están haciendo las empresas canadienses de confección? ¿Alguna de esas empresas canadienses se ha comunicado con la organización de usted para solicitar ayuda o asesoramiento sobre dichas cuestiones?
  6. Los proyectos de ley S-211 y C-243 proponen la adopción de medidas destinadas a aumentar la transparencia en las cadenas de suministro de las empresas canadienses. En su opinión, ¿qué se necesita para mejorar la trazabilidad de las cadenas de suministro en el extranjero que utilizan las empresas canadienses de confección, a fin de detectar los riesgos potenciales y la utilización de mano de obra infantil y otras repercusiones sobre los derechos del niño?
  7. ¿Cree que usted que es necesario adoptar una legislación canadiense en materia de derechos humanos en el contexto del sector de la confección canadiense? En caso afirmativo, ¿por qué razón?

Interés de los consumidores

  1. En su opinión, ¿qué importancia tienen para los consumidores canadienses las cuestiones relacionadas con los derechos del niño, el trabajo infantil, la transparencia de las cadenas de suministro y los derechos humanos en el sector de la confección canadiense? ¿En qué basa su opinión?
  2. ¿En qué medida cree usted que el interés de los consumidores por esas cuestiones contribuye a que las empresas canadienses de confección adopten medidas para responder al riesgo de que se utilice trabajo infantil y a otras cuestiones relacionadas con los derechos del niño? ¿En qué basa su opinión?

Apoyo al comercio y medidas comerciales

  1. ¿Conoce usted alguna empresa o empresas del sector de la confección canadiense que reciban apoyo comercial del Gobierno de Canadá? En caso afirmativo, ¿de qué tipo de ayuda comercial se trata?
  2. ¿Tiene usted conocimiento de empresas canadienses del sector de la confección que hayan sido objeto de sanciones comerciales debido a su actuación en materia de derechos humanos? ¿Cree usted que ese tipo de información debería hacerse pública? En caso afirmativo, ¿por qué razón?

Papel del gobierno federal canadiense y de la CORE

  1. En su opinión, ¿qué podría hacer el Gobierno de Canadá para fortalecer el respeto de los derechos del niño y responder al riesgo de que el trabajo infantil sea utilizado en las cadenas de suministro en el extranjero de las empresas canadienses de confección?
  2. La CORE está considerando la posibilidad de llevar a cabo una segunda fase para este estudio, que tendría lugar en un país extranjero elegido y durante la cual trabajaría directamente con socios locales y un pequeño número de empresas canadienses de confección. Si la CORE llevara a cabo esa segunda fase, ¿qué sugerencias tendría usted en cuanto al alcance y la naturaleza de dicho estudio? ¿Cuáles son los países que usted considera especialmente preocupantes en materia de riesgo de utilización de trabajo infantil? ¿Podría usted sugerir países que no estén situados en Asia?

Apéndice III: Recursos suplementarios​

Centre for Child Rights and Business, «​Child Rights Risk Assessment of the Textile and Apparel Sector Supply Chain in Sri Lanka​» (2022) [sólo en inglés].

Ethical Trading Initiative, «Base Code Guidance: Child Labour» (2017) [sólo en inglés].

Organización Internacional del Trabajo, «Supplier Guidance on Preventing, Identifying and Addressing Child Labour» (2020) [sólo en inglés]..

Organización Internacional del Trabajo-Organización Internacional de Empleadores, «Herramienta de orientación de la OIT y la OIE sobre el trabajo infantil destinada a las empresas» (2015) [sólo en inglés].

Partnership for Sustainable Textiles, «A Step by Step Guide to Transparency in the Supply Chain» (2020) [sólo en inglés]..

Shift «Using Leverage in Business Relationships to Reduce Human Rights Risks» (2013) [sólo en inglés].

Shift, «The Case for Living Wages: How Paying Living Wages Improves Business Performance and Tackles Poverty» (2022) [sólo en inglés].

Instituto Danés de los Derechos Humanos, «Guía de Evaluación de Impacto en los Derechos Humanos y Caja de Herramientas» (2020).

The Joint Ethical Trading Initiatives, «Guide to Buying Responsibly» (2017) [sólo en inglés].

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, « Guía de la OCDE de debida diligencia para cadenas de suministro responsables en el sector textil y del calzado » (2018).

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, «Child Rights Impact Assessment Community of Practice​» [sólo en inglés].

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, «Children's Rights in Impact Assessments​» (2013) [sólo en inglés].

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, «Children's Rights in the Garment and Footwear Supply Chain​» (2020), [sólo en inglés].

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, «Addressing Children's Rights in the Garment and Footwear Supply Chain​» (2021), [sólo en inglés].

Pacto Mundial de Naciones Unidas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, «Lugares de trabajo compatibles con la vida familiar: Políticas y prácticas para promover un trabajo decente en las cadenas de suministro mundiales » (2020).

Apéndice IV: Glosario de términos

En esta página hay definiciones de los términos utilizados a lo largo de este informe. Las definiciones proceden de las Naciones Unidas, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos y la Organización Internacional del Trabajo. Se proporcionan referencias cuando las definiciones se extraen de otras fuentes.

Impacto adverso en los derechos humanos:
Cuando una acción elimina o reduce la capacidad de una persona para disfrutar de sus derechos humanos.
Empresas y derechos humanos
Se refiere a la expectativa de que las empresas trasnacionales y otras empresas comerciales protejan, respeten y remedien los abusos de los derechos humanos.
Comité de Normas Generales Canadienses
Una organización del gobierno federal que realiza el desarrollo de normas, registro, certificación y servicios relacionados bajo el Departamento de Servicios Públicos y Adquisiciones de Canadá.
Trabajo infantil
Cuando un niño realiza trabajos por debajo del requisito de la edad mínima (la edad a la que termina la escolaridad obligatoria o 15 años) o realiza trabajos peligrosos, y es menor de 18 años.
Derechos del niño
Derechos y libertades exclusivos de las personas menores de 18 años, o tal como se definen en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
Evaluación del impacto en los derechos del niño
Una forma de evaluación del impacto en los derechos humanos que busca comprender los impactos específicos que las operaciones de una empresa pueden tener en los niños.
Producción de textiles
El conjunto de actividades involucradas en la producción de telas, como tejido, teñido o curado. Este paso también podría incluir otras piezas utilizadas en las prendas, como botones de producción, cremalleras, velcro, etc. Esto a menudo se conoce como el segundo nivel de producción.
Producción de fibras
El conjunto de actividades involucradas en convertir las materias primas en hilo u ovillo. Esto a menudo se conoce como el tercer nivel de producción.
Prendas de vestir
Cualquier artículo de vestir. Footnote 31
Producción de prendas de vestir
El conjunto de actividades involucradas en la confección de prendas, como coser camisetas. Este es considerado el primer nivel de producción.
Sector de la confección
Todo el proceso involucrado en el diseño, producción y venta de ropa.
Cadena mundial de suministro
La organización transfronteriza de las actividades requeridas para producir bienes o servicios y llevarlos a los consumidores a través de insumos y diversas fases de desarrollo, producción y entrega. También incluye el modelo de abastecimiento internacional en el que la participación de las empresas principales se define por los términos y condiciones de los acuerdos contractuales o a veces tácitos con sus proveedores y empresas subcontratadas para bienes, insumos y servicios específicos.
Trabajo peligroso
El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
Trabajo en casa
El trabajo realizado por una persona, que se denominará trabajador a domicilio, i) en su hogar o en otros locales de su elección, distintos del lugar de trabajo del empleador; ii) a cambio de una remuneración; iii) que dé lugar a un producto o servicio especificado por el empleador, independientemente de quién proporcione el equipo, los materiales u otros insumos utilizados.
Diligencia debida en materia de derechos humanos
Un proceso continuo de gestión de riesgos que una empresa razonable y prudente debe seguir para identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de cómo aborda sus impactos adversos en los derechos humanos. Footnote 32
Evaluación del impacto en los derechos humanos
Un proceso para identificar, comprender, evaluar y abordar los efectos adversos de un proyecto empresarial o actividades comerciales en el disfrute de los derechos humanos de los titulares de derechos afectados, como los trabajadores y los miembros de la comunidad.
Apalancamiento
Cuando una empresa tiene la capacidad de efectuar cambios en las prácticas ilícitas de otra entidad que están causando o contribuyendo a un impacto adverso en los derechos humanos.
Salario digno
La remuneración recibida por una semana de trabajo estándar por parte de un trabajador en un lugar particular suficiente para permitir un nivel de vida decente para el trabajador y su familia, incluida la comida, el agua, la vivienda, la educación, la atención médica, el transporte, la ropa y otras necesidades esenciales, incluida la provisión para eventos inesperados. Footnote 33
Producción de materias primas
El conjunto de actividades involucradas en el cultivo o producción de las materias primas para una prenda, como el cultivo de algodón para una camiseta, la producción de ganado para cuero o incluso la producción de aceite para fibras sintéticas. Esto a menudo se conoce como el cuarto nivel de producción.
Conducta empresarial responsable
El proceso de integración de la gestión de riesgos para el medio ambiente, las personas y la sociedad dentro de las actividades centrales de una empresa. Los principios y normas empresariales responsables establecen la expectativa de que las empresas, independientemente de su condición jurídica, tamaño, propiedad o sector, contribuyan al desarrollo sostenible; eviten y aborden los impactos adversos de sus operaciones; y reconozcan que las empresas tienen influencia para promover estos valores a lo largo de sus cadenas de suministro y relaciones comerciales. Footnote 34
Pequeña y mediana empresa
Un establecimiento de negocios con 1–499 empleados pagados, y más específicamente: una pequeña empresa tiene 1 a 99 empleados pagados; una mediana empresa tiene 100 a 499 empleados pagados; una gran empresa tiene 500 o más empleados pagados. Footnote 35
Proveedor
Incluye todas las relaciones comerciales que proporcionan un producto o servicio a una empresa, ya sea directa o indirectamente.
Rastreo
La capacidad de identificar y rastrear el historial, la aplicación, la ubicación y la distribución de productos, piezas y materiales para garantizar la confiabilidad de las declaraciones de sostenibilidad en las áreas de derechos humanos, trabajo (incluida la salud y la seguridad), medio ambiente y lucha contra la corrupción

Apéndice V: Países de operación

País

Número de encuestados que operan en el país especificado

Porcentaje promedio que refleja cuánto del total de operaciones de una empresa constituye un país especificado (%)

China

10

27.5

Los Estados Unidos

8

32.4

Canadá

7

22

Camboya

5

15.7

México

4

28.3

Vietnam

4

11.3

Indonesia

3

5.7

Bangladesh

3

40

India

3

3.3

Taiwán

2

4.5

Tailandia

2

30

El Salvador

2

7

Jordania

1

35

Egipto

1

2

Haití

1

Incierto

Guatemala

1

Incierto

Finlandia

1

1

Filipinas

1

3

Corea del Sur

1

<1

Sri Lanka

1

2

Paquistán

1

2

Turquía

1

5

Fecha de la última modificación: